Delito que se concreta cuando dos personas, tras haberse retado, comienzan una pelea con intervención de dos o más padrinos, mayores de edad, que eligen las armas y arreglan las condiciones del desafío. CP, Art. 97
LIBRO SEGUNDO; TÍTULO I; CAPÍTULO IV; ART. 97
Combate entre dos que se han desafiado en el que intervienen otras personas mayores llamadas "padrinos" que lo preparan estableciendo las condiciones de la pelea, seleccionando las armas, asegurando la igualdad entre los participantes, etc.
PENA: prisión de uno mes a cuatro años.
OBSERVACIONES: Será pena de meses en caso de no lesionar al adversario o hacerlo con lesiones leves. Si, en cambio uno de ellos pierde la vida o sufre lesiones graves o gravísimas, entonces la pena es de entre uno y cuatro años.