Contrato por tiempo indeterminado

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Nota de definición:

Suministro que no establece expresamente la duración del mismo por lo que cualquiera de las partes puede resolverlo, dando aviso previo en las condiciones pactadas. (LEY 26.994. ART. 1183)

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

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