Pacto de reventa

Nota de definición:

Pacto por el cual el comprador se reserva el derecho de devolver la cosa comprada y el vendedor se obliga a restituir el precio, con el exceso o disminución convenidos. (LEY 26.994. ART. 1164)

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

Este glosario recoge más de 500 definiciones de figuras jurídicas que expresa el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.