Plazo de entrega de la cosa

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Términos equivalentes:
  • Plazo para la entrega de la cosa
Nota de definición:

Plazo de veinticuatro horas a partir de la celebración del contrato, excepto que de la convención o los usos resulte un plazo distinto. (LEY 26.994. ART. 1147)

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

Este glosario recoge más de 500 definiciones de figuras jurídicas que expresa el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.