Nota de definición:
Contratos en los que las ventajas que procuran a una de las partes les son concedidas por una prestación que ella ha hecho o se obliga a hacer a la otra. (LEY 26.994. ART. 967)
Términos más generales:
Contratos en los que las ventajas que procuran a una de las partes les son concedidas por una prestación que ella ha hecho o se obliga a hacer a la otra. (LEY 26.994. ART. 967)
Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ
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