Nota de definición:
Forma de extinguir una obligación cuando las calidades de acreedor y de deudor se reúnen en una misma persona y en un mismo patrimonio. (LEY 26.994. ART. 931)
Términos más generales:
Forma de extinguir una obligación cuando las calidades de acreedor y de deudor se reúnen en una misma persona y en un mismo patrimonio. (LEY 26.994. ART. 931)
Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ
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