Juez competente por ausencia

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Nota de definición:

Juez del domicilio del ausente. En caso de no tenerlo en el país, o no ser conocido, juez del lugar en donde existan bienes cuyo cuidado es necesario; si existen bienes en distintas jurisdicciones, el que haya prevenido.

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

Este glosario recoge más de 500 definiciones de figuras jurídicas que expresa el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.