Nota de definición:
Lesiones de la persona humana en su intimidad personal o familiar, honra o reputación, imagen o identidad, o que de cualquier modo menoscabe su dignidad personal. (LEY 26.994. ART. 52)
Lesiones de la persona humana en su intimidad personal o familiar, honra o reputación, imagen o identidad, o que de cualquier modo menoscabe su dignidad personal. (LEY 26.994. ART. 52)
Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ
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