Nota de definición:
Bienes cuya transmisión está expresamente prohibida por ley o por actos jurídicos. (LEY 26.994. ART. 234)
Términos más generales:
Bienes cuya transmisión está expresamente prohibida por ley o por actos jurídicos. (LEY 26.994. ART. 234)
Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ
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