Glosario del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires

Cesión de gananciales

Cesión de gananciales
El descriptor no está aceptado en el tesauro de SAIJ, lo utilizamos como término específicamente notarial, cuando una persona cede a sus hijos la parte de gananciales (dentro de la sucesión de su cónyuge fallecido) se puede llamar donación diferida o de aceptación diferida, "cuando se acepte están cumplidos los trámites procesales para un otorgamiento por tracto abreviado, y la misma quedará concertada como donación, que puede ser aceptada incluso después de la muerte de la donante, como lo señala el art. 1795 del C.C." En: Lamber, Rubén A. Consulta en Cuaderno de Apuntes Notariales nº 25 pág. 10.
Destacamos que hay jurisprudencia sobre el tema, en algunos juzgados rechazan este tipo de actos.

Términos genéricos

Fecha de creación
16-Sep-2015
Modificación
13-Jun-2017
Término aceptado
16-Sep-2015
Términos descendentes
0
ARK
ark:/99152/t36z4v13n2xwe7
Términos específicos
0
Términos alternativos
0
Términos relacionados
0
Notas
2
Metadatos
Búsqueda
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