Lugar donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de manera permanente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. a) Los funcionarios públicos tienen su
domicilio legal en el lugar en que deben cumplir sus funciones, no siendo éstas temporarias, periódicas, o de simple comisión; b) los militares en servicio activo tienen su
domicilio legal en el lugar en que lo están prestando; c) los transeúntes o las personas de ejercicio ambulante, como los que no tienen domicilio conocido, tienen
domicilio legal en el lugar de su residencia actual; d) las personas incapaces tienen
domicilio legal en el de sus representantes.