Delito contra la seguridad de la Nación que se concreta cuando una persona ofende de palabra o ultraja con actos, la bandera, el escudo o el himno de la Nación o los emblemas de una provincia argentina; y lo hace públicamente. CP, Art. 222, PÁR. 3
Ofender en público la bandera, el escudo o el himno de la Nación o de las provincias argentinas.