Delito contra la Administración Pública que se concreta cuando una persona con ejercicio directo de la violencia, utiliza la fuerza física con la mayor ofensividad de la conducta, contra un funcionario público o contra quien le presta asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones. CP, Arts. 238, inc. 4.
Delito de pegar o agredir con actos de violencia física y sin armas a un funcionario público para que realice o deje de realizar una acción propia de sus funciones.