Desplazamiento de una persona del lugar donde se encuentra o impedimento de su desplazamiento utilizando fuerza, intimidación o fraude, con la intención de menoscabar su integridad sexual. CP, Art. 130.
CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO III; CAPÍTULO IV; ART. 130.
Delito de llevar a una persona a otro lugar o impedir que se desplace usando la fuerza, intimidación o fraude, para menoscabar su integridad sexual.