Delito contra el orden económico y financiero que se concreta cuando se utiliza información privilegiada y se agrava si hay habitualidad en la comisión del delito; si el hecho da un beneficio o evita un perjuicio económico, para sí o para terceros; si causa un grave perjuicio en el mercado de valores; si el delito lo comete un director, miembro del órgano de fiscalización, funcionario o empleado de una entidad autorregulada, o de sociedades calificadoras de riesgo, o quien ejerce profesión de las que requieren habilitación o matrícula, o un funcionario público. CP, Art. 308, partes a-d.
Usar o dar información relevante para la cotización de valores negociables a la que se tiene acceso reservado que se agrava si se comete con habitualidad; si da un beneficio propio o un perjuicio al mercado de valores; si lo comete un director, funcionario o empleado de una sociedad calificador de riesgo, o una persona sin la habilitación requerida.