Modo de adquirir el dominio y demás derechos reales por prescripción, esto es, por el trascurso del tiempo. En: Moreno Rodríguez, Rogelio. Diccionario jurídico. Buenos Aires: La Ley, 1998. Usucapión o prescripción adquisitiva larga es la que se cumple luego de veinte años de posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida; es decir, la posesión sin vicios de precariedad, violencia, clandestinidad e interrupción. MARCOLIN DE ANDORNO, Marta N., Prescripción Adquisitiva. Inmobiliaria y Mobiliaria. Rosario: Zeus, 1974. p. 74 y sig. Obviamente nos estamos refiriendo a la posesión con "animus domini" (art. 2351, Cód. Civil) no podría usucapir quien reconociera en otro la propiedad de la cosa (tenedor). Elementos de la usucapión: animus domini y corpus.