Delito que se concreta cuando se pone fin a la vida de una persona que se agrava si la víctima es familiar directo o pareja; si el delito se comete con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso; si el homicidio se lleva a cabo por dinero, por placer, codicia u odio; si se comete por un medio idóneo para crear un peligro común o con el concurso premeditado de dos o más personas; si se comete para facilitar, consumar u ocultar otro delito o para procurar impunidad; si la víctima es miembro de las fuerzas de seguridad o un superior militar; si se comete abusando del cargo de miembro de las fuerzas de seguridad, policiales o del servicio penitenciario; si hay violencia de género; si se realiza por venganza. CP, Art. 80
Delito de matar a una persona que se agrava si la víctima es familiar directo o pareja, mujer o policía; si se comete para cobrar un dinero, por odio o placer, o para vengarse o se planea en grupo, etc.