Sin envasar previamente para su comercialización, elaborados exclusivamente con harina de trigo, comprendidos en Artículos 755, 757 ó 760 del Código Alimentario Argentino (Ley 26.151)
Sin envasar previamente para su comercialización, elaborados exclusivamente con harina de trigo, comprendidos en Artículos 755, 757 ó 760 del Código Alimentario Argentino (Ley 26.151)
Sin envasar previamente para su comercialización, elaborados exclusivamente con harina de trigo, comprendidos en Artículos 755, 757 ó 760 del Código Alimentario Argentino (Ley 26.151) 1905.31.00.910R