<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?><rdf:RDF  xmlns:rdf="http://www.w3.org/1999/02/22-rdf-syntax-ns#"  xmlns:rdfs="http://www.w3.org/2000/01/rdf-schema#"  xmlns:skos="http://www.w3.org/2004/02/skos/core#"  xmlns:map="http://www.w3c.rl.ac.uk/2003/11/21-skos-mapping#"  xmlns:dct="http://purl.org/dc/terms/"  xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"><skos:ConceptScheme rdf:about="http://vocabularios.saij.gob.ar/tsjcaba/">  <dc:title>Vocabulario de Jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia</dc:title>  <dc:creator>Tribunal Superior de Justicia</dc:creator>  <dc:contributor>María Antonia Osés</dc:contributor>  <dc:publisher>TSJ</dc:publisher>  <dc:rights>TSJ</dc:rights>  <dc:subject>vocabulario controldado - lenguaje jurídico - terminología jurídica -</dc:subject>  <dc:description><![CDATA[ Este vocabulario recoge todas las voces que describen los temas relevantes de las sentencias del TSJ. ]]></dc:description>  <dc:date>2022-06-27</dc:date>  <dct:modified>2025-10-06 11:15:04</dct:modified>  <dc:language>es</dc:language>  </skos:ConceptScheme>  <skos:Concept rdf:about="http://vocabularios.saij.gob.ar/tsjcaba/skos/6225"><skos:prefLabel xml:lang="es">PERSPECTIVA DE DISCAPACIDAD</skos:prefLabel> <skos:scopeNote xml:lang="es">La expresión perspectiva de discapacidad  está avalada terminológicamente por la ley n° 7:
"Artículo 45 bis.- OBSERVATORIO DE LA DISCAPACIDAD.
El Observatorio de la Discapacidad funciona dentro del Consejo de la Magistratura como auxiliar del Poder Judicial de la Ciudad, y actúa a requerimiento de los/as Jueces/as, en las causas donde se encuentren involucrados derechos de personas con discapacidad, brindando asistencia a los juzgados en relación a los ajustes de procedimientos que resulten necesarios; como así también a través de la confección de recomendaciones e informes interdisciplinarios; y elaborando dictámenes con perspectiva en discapacidad.
El Consejo de la Magistratura establecerá las demás funciones administrativas a cargo del Observatorio, y las normas que hacen a su organización y funcionamiento."
Ley 7: "Artículo 45 bis.- OBSERVATORIO DE LA DISCAPACIDAD.
El Observatorio de la Discapacidad funciona dentro del Consejo de la Magistratura como auxiliar del Poder Judicial de la Ciudad, y actúa a requerimiento de los/as Jueces/as, en las causas donde se encuentren involucrados derechos de personas con discapacidad, brindando asistencia a los juzgados en relación a los ajustes de procedimientos que resulten necesarios; como así también a través de la confección de recomendaciones e informes interdisciplinarios; y elaborando dictámenes con perspectiva en discapacidad.
El Consejo de la Magistratura establecerá las demás funciones administrativas a cargo del Observatorio, y las normas que hacen a su organización y funcionamiento." </skos:scopeNote><skos:inScheme rdf:resource="http://vocabularios.saij.gob.ar/tsjcaba/"/><skos:broader rdf:resource="http://vocabularios.saij.gob.ar/tsjcaba/skos/4106"/>  <dct:created>2025-08-06 09:53:22</dct:created>  </skos:Concept></rdf:RDF>