Fundación

Términos equivalentes:
  • Fundaciones
Nota de definición:

Persona jurídica privada constituida mediante instrumento público y con la autorización del Estado, con una finalidad de bien común, sin propósito de lucro, mediante el aporte patrimonial de una o más personas, destinado a hacer posibles sus fines. (LEY 26.994. ART. 193) 

Términos más generales:
Términos más específicos:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

Este glosario recoge más de 500 definiciones de figuras jurídicas que expresa el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.