Alimentos

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Términos equivalentes:
  • Obligación alimentaria
  • Obligación de alimentos
  • Prestación alimentaria
Nota de definición:

Prestación que comprende lo necesario para la satisfacción de las necesidades de subsistencia, manutención, habitación, vestuario, asistencia médica, esparcimiento, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para educación y para adquirir una profesión u oficio. Los alimentos están constituidos por prestaciones monetarias o en especie y son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y necesidades del alimentado. (LEY 26.994. ARTS. 541, 659 y otros)

Términos más específicos:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

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