Firma electrónica

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Nota de definición:

Es un conjunto de datos electrónicos integrados, ligados o asociados de manera lógica a otros datos electrónicos, utilizados por el firmante como su medio de identificación. Así una firma electrónica debe permitir dotar a un documento digital de autoría e integridad. En caso de ser desconocida una firma electrónica, corresponde a quien invoca su validez demostrarlo ante la ley, de no poder probarlo la firma electrónica cuestionada se considerará inválida.

Nota bibliográfica:

Secretaría de Modernización Administrativa. (2016). Gestión Documental Electrónica - Glosario de términos (versión 01.0). disponible en: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/modernizacion-administrativa-glosario_terminos_gde_20160929.pdf

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: Inspección General de Justicia