Nota de definición:
Persona que recibe un bien particular o un conjunto de ellos. (LEY 26.994. ART. 2278.)
Términos más generales:
Persona que recibe un bien particular o un conjunto de ellos. (LEY 26.994. ART. 2278.)
Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ
Este glosario recoge más de 500 definiciones de figuras jurídicas que expresa el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.