Nota de definición:
Dominio imperfecto sometido a condición o plazo resolutorios a cuyo cumplimiento el dueño debe restituir la cosa a quien se la transmitió. (LEY 26.994. ART. 1965)
Términos más generales:
Dominio imperfecto sometido a condición o plazo resolutorios a cuyo cumplimiento el dueño debe restituir la cosa a quien se la transmitió. (LEY 26.994. ART. 1965)
Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ
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