Asunción de deuda

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Nota de definición:

Contrato por el que un tercero acuerda con el acreedor pagar la deuda de su deudor, sin que haya novación. (LEY 26.994. ART. 1633)

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

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