Nota de definición:
Contrato por el que un tercero acuerda con el acreedor pagar la deuda de su deudor, sin que haya novación. (LEY 26.994. ART. 1633)
Términos más generales:
Contrato por el que un tercero acuerda con el acreedor pagar la deuda de su deudor, sin que haya novación. (LEY 26.994. ART. 1633)
Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ
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