Donación remuneratoria

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Nota de definición:

Donación realizada en recompensa de servicios prestados al donante por el donatario, apreciable en dinero y por los cuales el segundo podría exigir judicialmente el pago. (LEY 26.994. ART. 1561)

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

Este glosario recoge más de 500 definiciones de figuras jurídicas que expresa el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.