Veredicto

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Nota de definición:

Se conoce con este nombre, en materia penal (y en algunos países también en materia civil), la resolución que dictan los jurados (v.) elegidos entre ciudadanos que pueden tener, o no, conocimiento de las leyes. Su misión está limitada a determinar la culpabilidad o la inculpabilidad del reo, apreciando libremente y de acuerdo con su conciencia las pruebas practicadas ante ellos, así como las alegaciones verbales de los letrados que intervienen en el juicio defendiendo a las partes. Sobre el veredicto de los jurados, el juez letrado que ha presidido las sesiones del juicio aplica el Derecho correspondiente. En algunos juicios laborales tramitados en tribunales colegiados se expresa que, practicadas las pruebas y formulados los alegatos por las partes, el tribunal pasará acto seguido a expedirse sobre los hechos y dictar el correspondiente veredicto, apreciando en conciencia la prueba y dictando luego sobre los hechos establecidos la sentencia a que hubiere lugar.

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Ijudicial

Este glosario contiene términos que se utilizan con frecuencia en el ámbito judicial. El objetivo es que los visitantes de Ijudicial puedan lograr una comprensión más acabada de las noticias publicadas en el sitio. Los términos que se proponen en esta sección son adaptaciones de las definiciones técnicas que se publican en los siguientes diccionarios jurídicos: – Ossorio, M., Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, 1ª Edición Electrónica Realizada por Datascan, S.A. Guatemala, C.A.. – Eduardo J. Couture, E. J., Vocabulario Jurídico, Euros Editores, Buenos Aires, 2006. – Fonseca, J. I., Herrero, R. e Iglesias Sánchez, M. J., Diccionario Jurídico, Colex, Madrid, 1999.