Depósito a plazo

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Nota de definición:

Contrato bancario por el cual se otorga al depositante el derecho a una remuneración si no retira la suma depositada antes del término o del preaviso convenidos; el banco extiende un certificado transferible por endoso, excepto que se haya pactado lo contrario, en cuyo caso la transmisión sólo puede realizarse a través del contrato de cesión de derechos. (LEY 26.994. ART. 1392)

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: M. Antonia Osés. SAIJ

Este glosario recoge más de 500 definiciones de figuras jurídicas que expresa el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.