ASENTIMIENTO CONYUGAL

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Términos equivalentes:
  • Asentimiento del cónyuge
  • Consentimiento del cónyuge
Nota de alcance:

Asentimiento: consentimiento que se presta para ejecutar un acto o para la celebración de un contrato. El asentimiento es posterior a una iniciativa ajena; en realidad es adherirse uno a la opinión manifestada por otro. En: Cabanellas, Guillermo. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Buenos Aires: Heliasta, 1981. Ref. al artículo 1277 del Código Civil: Asentimiento conyugal

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


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