Subasta

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Nota de definición:

Según la Academia, la venta pública de bienes o alhajas que se hace al mejor postor y regularmente por mandato y con intervención de un juez o de otra autoridad. En realidad no se entiende el motivo de que en esa definición se haga una mención de las “alhajas”, como si ellas no fuesen asimismo “bienes” La subasta puede, conforme al concepto expresado, ser judicial o privada, pero, contrariamente a lo que dice la Academia, no es la primera forma la más corriente, ya que en la actualidad la venta de bienes, sobre todo muebles y semovientes, en subasta privada es más frecuente que la otra.

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Ijudicial

Este glosario contiene términos que se utilizan con frecuencia en el ámbito judicial. El objetivo es que los visitantes de Ijudicial puedan lograr una comprensión más acabada de las noticias publicadas en el sitio. Los términos que se proponen en esta sección son adaptaciones de las definiciones técnicas que se publican en los siguientes diccionarios jurídicos: – Ossorio, M., Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, 1ª Edición Electrónica Realizada por Datascan, S.A. Guatemala, C.A.. – Eduardo J. Couture, E. J., Vocabulario Jurídico, Euros Editores, Buenos Aires, 2006. – Fonseca, J. I., Herrero, R. e Iglesias Sánchez, M. J., Diccionario Jurídico, Colex, Madrid, 1999.