TESTIGOS

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Nota de alcance:

"Podemos definir al testigo como el sujeto que concurre a la celebración y firma de las escrituras públicas (sin intereses personales), tomando conocimiento directo del acto a través de sus sentidos, pudiendo, de ser necesario, describir lo ocurrido para su probanza en el futuro." En: Sierz, Susana Violeta. Gestiones escriturarias. Buenos Aires: Di Lalla, 2011.

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires