CONCILIACION OBLIGATORIA

Nota de alcance:

"Sucitado un "diferendo" en el marco del debate convencional, lo que debe entenderse como la existencia de un conflicto colectivo con ejercicio de medidas de acción inmediata" (Arese : 2008) el Ministerio de Trabajo podrá intervenir en la resolución del conflicto en el marco de la Ley 14.786

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: Biblioteca Dr. Juan Bialet Massé