Objeto del acto jurídico

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Nota de definición:

En la amplia enumeración del Código Civil argentino, tal posibilidad de contenido abarca esta escala de posibilidades: 1”) cosas que estén en el comercio; 2”) aun no estando en el comercio, que no estén prohibidas; 3”) hechos no imposibles ni ilícitos ni inmorales; 4”) hechos no prohibidos (redundancia de lo anterior); 5”) hechos no contrarios a la libertad de la conciencia o de las acciones; 6”) hechos que no perjudiquen a un tercero en sus derechos.

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Ijudicial

Este glosario contiene términos que se utilizan con frecuencia en el ámbito judicial. El objetivo es que los visitantes de Ijudicial puedan lograr una comprensión más acabada de las noticias publicadas en el sitio. Los términos que se proponen en esta sección son adaptaciones de las definiciones técnicas que se publican en los siguientes diccionarios jurídicos: – Ossorio, M., Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, 1ª Edición Electrónica Realizada por Datascan, S.A. Guatemala, C.A.. – Eduardo J. Couture, E. J., Vocabulario Jurídico, Euros Editores, Buenos Aires, 2006. – Fonseca, J. I., Herrero, R. e Iglesias Sánchez, M. J., Diccionario Jurídico, Colex, Madrid, 1999.