ENCUBRIMIENTO AGRAVADO

Términos equivalentes:
  • ENCUBRIMIENTO AGRAVADO POR HABITUALIDAD
  • ENCUBRIMIENTO AGRAVADO POR LA CALIDAD DEL AUTOR
  • ENCUBRIMIENTO COMETIDO POR FUNCIONARIO PÚBLICO
  • ENCUBRIMIENTO CON ÁNIMO DE LUCRO
  • ENCUBRIMIENTO HABITUAL
Nota de definición:

Delito contra la Administración Pública que se concreta cuando una persona impide o perturba el accionar de la administración de justicia con encubrimiento y el hecho ocurre en alguna de las siguientes circunstancias: a) El hecho precedente es un delito especialmente grave penado con más de tres años de prisión. b) El autor actúa con ánimo de lucro. c) El autor se dedica con habitualidad a la comisión de hechos de encubrimiento. d) El autor es funcionario público. CP, Art. 277, inc. 3.

Fuente:

CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO XI; CAPÍTULO XIII, Art. 277, inc. 3.

PENAS ASOCIADAS:

Delito de perturbar el accionar de la justicia con encubrimiento que se agrava si la acción delictiva es un delito grave o habitual o lo comete un funcionario público, etc.

NOTA ACLARATORIA(LENGUAJE CLARO):

PENA: prisión

Términos más generales:

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: María Antonia Osés

Este glosario recoge las definiciones de figuras jurídicas que expresa el Código Penal Argentino, con la indicación del artículo que las registra.