Delito contra la Administración Pública que se concreta cuando un funcionario público con abuso de su cargo y con intimidación o involucrando una orden superior, comisión, mandamiento judicial u otra autorización legítima, solicita, exige o hace pagar indebidamente, por sí o por persona interpuesta, una contribución, un derecho o una dádiva; o cobra mayores derechos que los que corresponden. CP, Art. 267.
CÓDIGO PENAL: LEY 11.179; LIBRO SEGUNDO; TÍTULO XI; CAPÍTULO IX, Art. 267.
Delito que comete el funcionario público que exige derechos, pagos o contribuciones que no son legales con intimidación o involucrando autorizaciones legítimas.
PENA: prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial de uno a seis años