Ley adjetiva

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Nota de definición:

La que regula el procedimiento judicial o administrativo para la aplicación de las leyes substantivas o de fondo. Es llamada también ley de forma. Ley administrativa La relativa a la organización general del Poder Ejecutivo, al funcionamiento de sus órganos y a los servicios públicos (Dic. Der. Usual). Resulta bastante habitual que tales disposiciones no sean leyes estrictas, provenientes del Poder Legislativo, sino decretos, órdenes, reglamentos, ordenanzas y bandos de las propias autoridades administrativas, pero de igual imperio general en cuanto a vigencia y eficacia.

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Ijudicial

Este glosario contiene términos que se utilizan con frecuencia en el ámbito judicial. El objetivo es que los visitantes de Ijudicial puedan lograr una comprensión más acabada de las noticias publicadas en el sitio. Los términos que se proponen en esta sección son adaptaciones de las definiciones técnicas que se publican en los siguientes diccionarios jurídicos: – Ossorio, M., Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, 1ª Edición Electrónica Realizada por Datascan, S.A. Guatemala, C.A.. – Eduardo J. Couture, E. J., Vocabulario Jurídico, Euros Editores, Buenos Aires, 2006. – Fonseca, J. I., Herrero, R. e Iglesias Sánchez, M. J., Diccionario Jurídico, Colex, Madrid, 1999.