Identidad

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Nota de definición:

En Derecho Internacional Público se alude al principio de identidad o de continuidad en el sentido de que la personalidad jurídica del Estado se mantiene siempre con independencia de los cambios de su régimen político. De ahí que los compromisos internacionales deban mantenerse no obstante dichos cambios. En lo personal, con repercusión en el estado civil y en lo criminalístico, filiación o señas particulares de cada cual. | Parecido o semejanza.

URI DEL TÉRMINO Y REPRESENTACIONES ALTERNATIVAS


Editor responsable: Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Ijudicial

Este glosario contiene términos que se utilizan con frecuencia en el ámbito judicial. El objetivo es que los visitantes de Ijudicial puedan lograr una comprensión más acabada de las noticias publicadas en el sitio. Los términos que se proponen en esta sección son adaptaciones de las definiciones técnicas que se publican en los siguientes diccionarios jurídicos: – Ossorio, M., Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, 1ª Edición Electrónica Realizada por Datascan, S.A. Guatemala, C.A.. – Eduardo J. Couture, E. J., Vocabulario Jurídico, Euros Editores, Buenos Aires, 2006. – Fonseca, J. I., Herrero, R. e Iglesias Sánchez, M. J., Diccionario Jurídico, Colex, Madrid, 1999.