{"tema_id":"326","string":"CONTRATO DE TRABAJO","created":"2016-03-15 14:09:23","code":null,"notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"Habr\u00e1 contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominaci\u00f3n, siempre que una persona f\u00edsica se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de \u00e9sta, durante un per\u00edodo determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneraci\u00f3n. Sus cl\u00e1usulas, en cuanto a la forma y condiciones de la prestaci\u00f3n, quedan sometidas a las disposiciones de orden p\u00fablico, los estatutos, las convenciones colectivas o los laudos con fuerza de tales y los usos y costumbres.\nLey 20.744 T\u00edtulo I. Cap. I Art. 21 "}]}