{"@context":{"dc":"http:\/\/purl.org\/dc\/elements\/1.1\/","skos":"http:\/\/www.w3.org\/2004\/02\/skos\/core#","skos:broader":{"@type":"@id"},"skos:inScheme":{"@type":"@id"},"skos:related":{"@type":"@id"},"skos:narrower":{"@type":"@id"},"skos:hasTopConcept":{"@type":"@id"},"skos:topConceptOf":{"@type":"@id"}},"@id":"http:\/\/vocabularios.saij.gob.ar\/lugaresmemoria\/skos\/4410","@type":"skos:Concept","skos:prefLabel":{"@language":"es","@value=":"Juicio a las Juntas Militares, 1985"},"skos:inScheme":"http:\/\/vocabularios.saij.gob.ar\/lugaresmemoria\/","dct:created":"2023-02-03 12:54:36","dct:modified":"2023-02-03 13:00:24","skos:definition":[{"@lang":"es","@value":"Fue el proceso judicial realizado sobre los nueve comandantes que hab\u00edan encabezado las tres primeras Juntas Militares durante la dictadura c\u00edvico-militar (1976-1983).\nEl juicio comenz\u00f3 el 22 de abril de 1985 y las audiencias se prolongaron hasta agosto de ese a\u00f1o. En unas 530 horas de audiencia declararon 839 testigos en la denominada \u00abCausa 13\u00bb. Los fiscales usaron como base probatoria el informe \u00abNunca m\u00e1s\u00bb, que hab\u00eda sido elaborado por la Comisi\u00f3n Nacional sobre la Desaparici\u00f3n de Personas (Conadep).\nLos ex comandantes fueron procesados por los delitos de secuestro, tortura, robo, homicidio, allanamiento ilegal y falsedad documental, aunque no se los acus\u00f3 por violencia sexual ni por apropiaci\u00f3n de menores, dos categor\u00edas que s\u00f3lo ingresar\u00edan a\u00f1os despu\u00e9s en el repertorio de la Justicia argentina. Los fiscales se\u00f1alaron a los ex miembros de las Juntas como corresponsables mediatos de las acciones criminales ejecutadas materialmente por sus subordinados en la cadena de mandos. En cuanto al recorte de los hechos para juzgar, la fiscal\u00eda opt\u00f3 por la selecci\u00f3n de \u201ccasos paradigm\u00e1ticos\u201d que develaran patrones generales de conductas ilegales y sistem\u00e1ticas de violaciones a derechos humanos. As\u00ed, los casos individuales fueron seleccionados seg\u00fan la cantidad y calidad de informaci\u00f3n que los sustentaba y su representatividad para dar cuenta del plan criminal. Este recorte, que ten\u00eda al informe de la Conadep como sustento principal, buscaba asegurar un juicio r\u00e1pido y contundente en t\u00e9rminos de su material probatorio.\nLa C\u00e1mara Federal finalmente dict\u00f3 sentencia por 709 casos donde fueron condenados Jorge Rafael Videla y Emilio Massera a reclusi\u00f3n perpetua; Orlando Ram\u00f3n Agosti a cuatro a\u00f1os y seis meses de prisi\u00f3n; Roberto Eduardo Viola a 17 a\u00f1os de prisi\u00f3n; y Armando Lambruschini a la pena de ocho a\u00f1os de prisi\u00f3n. El tribunal absolvi\u00f3 a Omar Rubens Graffigna, Arturo Lami Dozo, Leopoldo Galtieri y Jorge Anaya.\u00a0\nSobrevivientes, familiares de las v\u00edctimas del terrorismo de Estado y organismos de derechos humanos hab\u00edan reclamado, desde la vuelta a la democracia, la condena de los cr\u00edmenes de lesa humanidad y que fueran jueces civiles quienes juzgaran estos hechos. Sus declaraciones en el juicio resultaron definitorias para condenar a los ex jerarcas de la \u00faltima dictadura.\n\u00a0\n\u00a0\nBibliograf\u00eda disponible en cat\u00e1logo:\n- Secretar\u00eda de Derechos Humanos. El Juicio a las Juntas. Los ex comandantes en el banquillo, Buenos Aires, 2022, cap. 3.\n- Feld, Claudia. Del estrado a la pantalla: las im\u00e1genes del juicio a los ex comandantes en Argentina, Buenos Aires:\nSiglo XXI, 2002.\n\u00a0\n\u00a0\nActualizaci\u00f3n: agosto 2023 Fuente: [SDH] Secretar\u00eda de Derechos Humanos https:\/\/www.argentina.gob.ar\/derechoshumanos"}]}