{"@context":{"dc":"http:\/\/purl.org\/dc\/elements\/1.1\/","skos":"http:\/\/www.w3.org\/2004\/02\/skos\/core#","skos:broader":{"@type":"@id"},"skos:inScheme":{"@type":"@id"},"skos:related":{"@type":"@id"},"skos:narrower":{"@type":"@id"},"skos:hasTopConcept":{"@type":"@id"},"skos:topConceptOf":{"@type":"@id"}},"@id":"http:\/\/vocabularios.saij.gob.ar\/ijudicial\/skos\/388","@type":"skos:Concept","skos:prefLabel":{"@language":"es","@value=":"Veredicto"},"skos:inScheme":"http:\/\/vocabularios.saij.gob.ar\/ijudicial\/","dct:created":"2018-11-02 10:50:04","skos:definition":[{"@lang":"es","@value":"Se conoce con este nombre, en materia penal (y en algunos pa\u00edses tambi\u00e9n en materia civil), la resoluci\u00f3n que dictan los jurados (v.) elegidos entre ciudadanos que pueden tener, o no, conocimiento de las leyes. Su misi\u00f3n est\u00e1 limitada a determinar la culpabilidad o la inculpabilidad del reo, apreciando libremente y de acuerdo con su conciencia las pruebas practicadas ante ellos, as\u00ed como las alegaciones verbales de los letrados que intervienen en el juicio defendiendo a las partes. Sobre el veredicto de los jurados, el juez letrado que ha presidido las sesiones del juicio aplica el Derecho correspondiente. En algunos juicios laborales tramitados en tribunales colegiados se expresa que, practicadas las pruebas y formulados los alegatos por las partes, el tribunal pasar\u00e1 acto seguido a expedirse sobre los hechos y dictar el correspondiente veredicto, apreciando en conciencia la prueba y dictando luego sobre los hechos establecidos la sentencia a que hubiere lugar. "}]}