{"@context":{"dc":"http:\/\/purl.org\/dc\/elements\/1.1\/","skos":"http:\/\/www.w3.org\/2004\/02\/skos\/core#","skos:broader":{"@type":"@id"},"skos:inScheme":{"@type":"@id"},"skos:related":{"@type":"@id"},"skos:narrower":{"@type":"@id"},"skos:hasTopConcept":{"@type":"@id"},"skos:topConceptOf":{"@type":"@id"}},"@id":"http:\/\/vocabularios.saij.gob.ar\/ijudicial\/skos\/105","@type":"skos:Concept","skos:prefLabel":{"@language":"es","@value=":"Falsa denuncia"},"skos:inScheme":"http:\/\/vocabularios.saij.gob.ar\/ijudicial\/","dct:created":"2018-11-02 10:50:04","skos:definition":[{"@lang":"es","@value":"Delito consistente, como su mismo nombre indica, en denunciar falsamente un delito ante la autoridad. Por lo general, este delito presenta dos modalidades: a) denunciar o acusar ante la autoridad como autor o part\u00edcipe de un delito de acci\u00f3n p\u00fablica a una persona que se sabe inocente o simular contra ella la existencia de pruebas materiales; b) afirmar falsamente, ante la autoridad, que se ha cometido un delito de acci\u00f3n p\u00fablica o simular los rastros de \u00e9ste, con el fin de inducir a la instrucci\u00f3n de un proceso para investigar. La segunda figura no ofrece ninguna duda, porque supone en el agente la denuncia de un hecho delictivo que sabe inexistente. En cuanto a la primera figura parece indudable que la denuncia o acusaci\u00f3n contra una persona no constituye delito sino en el caso de que el denunciante o acusador sepa que el acusado es inocente. De otro modo, toda denuncia contra una persona resultar\u00eda falsa en todos los casos de absoluci\u00f3n de ella. No habr\u00e1, pues, falsa denuncia si los hechos de la acusaci\u00f3n son ciertos, aun cuando luego se determine que no constitu\u00edan delito, ni cuando, siendo los hechos ciertos, no resultare probada la culpabilidad del denunciado. En definitiva, lo que configura este delito es la malicia en la acusaci\u00f3n. "}]}