{"tema_id":"203","string":"Legalizaci\u00f3n","created":"2018-11-02 10:50:04","code":null,"notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Declaraci\u00f3n por la cual un funcionario competente testimonia o certifica la veracidad o la autenticidad de una o varias firmas aplicadas al pie de un documento, y a veces tambi\u00e9n la calidad de los signatarios para agregar fe. | Acci\u00f3n de realizar ese testimonio. En general, la firma de los funcionarios es legalizada por su superior inmediato. La legalizaci\u00f3n no afecta en nada la esencia del documento, cuya sinceridad y legalidad no confirma; tiene por \u00fanico efecto hacer que las fumas sean incontestables, salvo inscripci\u00f3n falsa. Todo documento destinado a ser presentado ante las autoridades o los tribunales de otro pa\u00eds debe ser legalizado por un agente diplom\u00e1tico o consular del \u00faltimo pa\u00eds, residente en la localidad o la regi\u00f3n donde fue redactado el documento. La legalizaci\u00f3n de documentos suele ser necesaria dentro de un mismo pa\u00eds cuando provienen de un ordenamiento jur\u00eddico y han de ser presentados ante otro. "}]}