{"tema_id":"111","string":"Fe p\u00fablica","created":"2018-11-02 10:50:04","code":null,"notes":[{"@type":"Definition note","@lang":"es","@value":"Autoridad leg\u00edtima atribuida a notarios, escribanos, agentes de cambio y bolsa, c\u00f3nsules y secretarios de juzgados, tribunales y otros institutos oficiales, para acreditar fehacientemente que los documentos que autorizan en debida forma son aut\u00e9nticos, salvo prueba en contrario, unas veces en cuanto a la veracidad de su contenido, y otras respecto a las manifestaciones hechas ante dichos fedatarios. "}]}