En Derecho Penal constituye un delito contra la administración pública, que se configura por el hecho de que un funcionario público, ya sea directamente, ya sea por persona interpuesta o por acto simulado, se interese en cualquier operación en que intervenga por razón de su cargo. La norma penal comprende también a personas que no ejerzan función pública, como los contadores particulares, respecto de los bienes en cuya tasación, partición o adjudicación hubieran intervenido, así como los tutores, curadores, albaceas y síndicos, respecto de los pertenecientes a pupilos o tutelados, testamentarías o concursos.