Para algunos autores se denominan así los gastos y costas causados o que se supone que se van a originar en un juicio (Ramírez Gronda). Para otros constituyen la obligación impuesta por la ley a una persona de sufragar los gastos del proceso en que litiga otra, unida al obligado por vínculo de parentesco o de intereses económicos (Couture), como sucede en los juicios sobre prestación de alimentos, de separación de bienes en el matrimonio, de abandono de la vivienda conyugal por el marido y de divorcio.