Decisión de los árbitros arbitradores, dictada en conciencia por los amigos comunes de las partes, sobre cuestiones que no afectan a la orden pública, inspirada en la equidad y con propósito pacificador. En el Derecho Laboral, esta palabra tiene dos acepciones: es una la señalada por Unsain, como convenio colectivo, estatuto profesional, encaminados a conciliar respetables intereses en busca del plano de equilibrio entre las partes afectadas por una relación de trabajo. La otra, que define Cabanellas, con expresión que se originó en un grave error jurídico que aplicó el nombre de la resolución arbitral al punto litigioso del porcentaje del recargo por el servicio, designa en la Argentina el tanto por ciento que en hoteles, cafés, restaurantes y otros establecimientos similares se recarga por el dueño en las facturas o consumiciones de la clientela, con destino al personal de servicio y como sustitución más o menos efectiva de la propina.