En la amplia enumeración del Código Civil argentino, tal posibilidad de contenido abarca esta escala de posibilidades: 1”) cosas que estén en el comercio; 2”) aun no estando en el comercio, que no estén prohibidas; 3”) hechos no imposibles ni ilícitos ni inmorales; 4”) hechos no prohibidos (redundancia de lo anterior); 5”) hechos no contrarios a la libertad de la conciencia o de las acciones; 6”) hechos que no perjudiquen a un tercero en sus derechos.