{"tema_id":"484","string":"Prescripci\u00f3n adquisitiva larga","created":"2017-04-10 13:47:43","code":"LEY 26.994. ART. 1899","notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"Prescripci\u00f3n adquisitiva producida sobre inmuebles para los que no existe justo t\u00edtulo o buena fe, por la posesi\u00f3n durante veinte a\u00f1os; y sobre muebles registrables, no hurtadas ni perdidas, que no inscriben a su nombre pero la recibe del titular registral o de su cesionario sucesivo, siempre que los elementos identificatorios que se prev\u00e9n en el respectivo r\u00e9gimen especial sean coincidentes. Para los bienes muebles la prescrip es de 10 a\u00f1os.\u00a0(LEY 26.994. ART. 1899) "}]}