{"tema_id":"268","string":"Compensaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n","created":"2017-03-10 16:59:22","code":"LEY 26.994. ART. 921","modified":"2017-03-10 17:00:55","notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"Forma de extinguir las obligaciones rec\u00edprocas que tiene lugar cuando dos personas, por derecho propio, re\u00fanen la calidad de acreedor y deudor rec\u00edprocamente, cualesquiera que sean las causas de una y otra deuda. Extingue con fuerza de pago las dos deudas, hasta el monto de la menor, desde el tiempo en que ambas obligaciones comenzaron a coexistir en condiciones de ser compensables. (LEY 26.994. ART. 921) "}]}