{"tema_id":"217","string":"Alimentos","created":"2017-03-07 15:02:05","code":"LEY 26.994. ART. 541 y otros","notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"Prestaci\u00f3n que comprende lo necesario para la satisfacci\u00f3n de las necesidades de subsistencia, manutenci\u00f3n, habitaci\u00f3n, vestuario, asistencia m\u00e9dica, esparcimiento, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para educaci\u00f3n y para adquirir una profesi\u00f3n u oficio. Los alimentos est\u00e1n constituidos por prestaciones monetarias o en especie y son proporcionales a las posibilidades econ\u00f3micas de los obligados y necesidades del alimentado. (LEY 26.994. ARTS. 541, 659 y otros) "}]}